Apuestas Deportivas Online: Percepción Adolescente Y Regulación Publicitaria

La democratización de la tecnología y su evolución en los últimos años ha dado lugar a la generación denominada como nativos digitales. Niños y adolescentes que en su día a día recurren al uso del medio online donde “satisfacen sus necesidades de entretenimiento, diversión, comunicación, información e incluso de formación” (Carbonell y Montiel, 2013, p.18). Es precisamente durante la adolescencia donde se produce el proceso de construcción de su identidad (Becoña et al. 2010) que queda íntimamente vinculado a esta nueva dimensión interactiva digital. Emergen escenarios que pueden dar lugar a relaciones comunicativas en las que la juventud es especialmente vulnerable. El entorno virtual que presenta Internet posee unas características propias que influyen en los individuos que interactúan en él. El anonimato o una baja percepción de autoridad de control (Verdura, 2014, p.85) ayudan a generar un clima de impunidad. Así mismo, la proliferación de dispositivos digitales que proporcionan acceso instantáneo a precios asequibles y con conexiones, en numerosas ocasiones gratuitas debido al incremento de wifi gratuito en diversidad de lugares de acceso público, ha propiciado aún más la autonomía de niños y adolescentes dentro del mundo online.

Por otra parte, a nivel educacional se observa un déficit en cuanto a la información recibida por la juventud sobre los riesgos y el uso responsable de los juegos de azar (García et al., 2016, pp. 564-566; Verdura, 2014, p. 86). La problemática proviene tanto por parte de las instituciones, la cuales no realizan campañas eficientes al respecto, como por parte del resto de agentes sociales que intervienen en la educación de los menores. Esta temática no está incluida junto a otras como la prevención del consumo de alcohol o el tabaco (Parke et al., 2014, pp. Si bien es cierto, que los juegos de azar tienen la obligación de identificar a los usuarios que accedan a sus servicios, -deben tener más de 18 años, como dispone el art.6.2 de la Ley de Regulación del juego (BOE, 2011, p.9; Palomar et al., 2013, p.183)-, en Internet la población adolescente puede acceder a cualquier contenido mediante la suplantación de identidad de un adulto.

Por tanto, la vulnerabilidad de poder desarrollar conductas adictivas se ve aumentada debido a la precocidad de iniciación en el juego, la proliferación de locales de apuestas deportivas (Sarabia et al., 2014) y la inclusión de publicidad de apuestas en acontecimientos deportivos retransmitidos en directo mediante patrocinio (Buil et al., 2015; Palomar et al., 2013).Incrementándose el número de jugadores patológicos jóvenes (Sarabia et al., 2014, p.48). En el sector del juego de azar vinculado a las apuestas de contrapartida destaca la utilización de ‘bonos de bienvenida’ como reclamo publicitario (Cantero y Bertolín, 2015, p. 37; Palomar et al., 2013, p. 182). Utilizan el gancho de “dinero gratis” como método de atracción, que conlleva numerosas clausulas y condiciones de uso que puede dar lugar confusión. Estudios europeos demuestran que existe una vinculación entre la exposición de anuncios de juegos de azar y la intención a la participación en los mismos por poblaciones adolescentes.

Pues este grupo vulnerable puede desarrollar esquemas erróneos sobre los juegos de azar, percibiéndolos como una actividad positiva y sin riesgo asociado (Monaghan et al., 2008; Planzer y Wardle, 2011). Algo que se enfatiza cuando el mensaje incide en el elemento diversión o recompensa económica (Parke et al. En ocasiones el servicio al que acceden, ya sea en sitios web o aplicaciones móviles, les permite utilizar dinero virtual ficticio, “al animar a jugar sin dinero no pesa en los jugadores la responsabilidad de perderlo, pero una vez han probado el juego se sienten animados a arriesgar y entonces es cuando apuestan dinero” (García et al. 2016:557). Este tipo de servicios de entretenimiento gratuito permiten afianzar comportamientos en futuros clientes. Algo notoriamente preocupante ya que la edad de inicio en acceder a Internet se sitúa a partir de los 7 años (Becoña et al. Las comunicaciones comerciales de los juegos de azar en España se encuentran reguladas por el Código de conducta sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego (Autocontrol 2011), el cual supone un acuerdo entre la Dirección General de Ordenación del Juego, la Subdirección General de Contenidos de la Sociedad de la Información y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial.

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