102 De la Ley Del Impuesto

La interesada en este caso es una asociación de empresarios de hostelería cuyos asociados prestan servicios de alojamiento. Los titulares de los establecimientos se plantean prestar, como servicios complementarios a sus clientes y para uso exclusivo de los mismos, la realización de rutas de senderismo o visitas turísticas guiadas, así como un servicio de transporte para recogerlos en la estación de tren o autobús que los lleve al alojamiento. Así, la actividad de arrendamiento de inmuebles con fines turísticos a veces conlleva la prestación de servicios complementarios de la industria hotelera y, en otras ocasiones, consiste simplemente en la puesta a disposición del inmueble. Asimismo, en algunos casos, los titulares de la actividad tienen empleados contratados para la actividad de hospedaje. En relación con el IVA, las reglas concernientes al lugar de realización de los servicios de transporte se contienen en el art. 70 de la Ley 37/1992 (Ley IVA).

En relación con el servicio consistente en realizar rutas de senderismo, dado que se trata de un servicio deportivo, se entenderán prestados en el TAI, en la medida en que, tal y como parece deducirse, se prestan materialmente en dicho territorio. Por otro lado, la prestación de servicios de senderismo a destinatarios que sean empresarios o profesionales a efectos del Impuesto, actuando como tales, quedará sujeta al Impuesto en el TAI cuando la sede de la actividad económica del destinatario del servicio se encuentre en dicho territorio, o tenga en el mismo un establecimiento permanente o, en su defecto, el lugar de su domicilio o residencia habitual, en los términos señalados en el art. 69.Uno.1º de la Ley 37/1992 (Ley IVA). Por último, en lo que tiene que ver con las deducciones, en caso de que el servicio de alojamiento se encuentre exento conforme al art. 20.Uno.23.º de la Ley 37/1992 (Ley IVA) y tal actividad constituya un sector diferenciado respecto de los demás servicios complementarios, el régimen de deducciones se habrá de aplicar de forma separada respecto de cada uno de ellos conforme a lo indicado en el art. 101 de la Ley 37/1992 (Ley IVA). Si, por el contrario, las distintas actividades sujetas al Impuesto realizadas por los asociados no constituyesen sectores diferenciados de actividad, debe estarse al el art. 102 de la Ley del impuesto. En relación con el IRPF, si los arrendamientos no se limitan a la mera puesta a disposición de los inmuebles durante periodos de tiempo, sino que se complementan con la prestación de servicios propios de la industria hotelera tales como restaurante, limpieza, lavado de ropa y otros análogos, las rentas derivadas de los mismos tendrán la calificación de rendimientos de actividades económicas, de acuerdo con lo previsto en el art. 27.1 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF). No obstante, si no se prestan servicios propios de la industria hotelera y no se cumplen los requisitos previstos en el art.

Muchas empresas comenzaron el año con nuevos ataques, a tono con la política de Milei sobre las y los estatales. Dass (calzado), Euro y Las Heras (frigorífico), Bajo Hondo (molinos), Lipo (alimentación), Radio Victoria (metalúrgica), Ideal San Justo (transporte), en pocos días. Pero hubo respuestas a esos ataques, con asambleas, paros, piquetes e incluso una ocupación. El golpe a los espacios de la memoria se convierte en una pelea que va más allá de los puestos de trabajo. Hay que organizar la resistencia. En el portón de Dass, la fabricante de Adidas y Nike en Argentina, hay un cartel muy simbólico. “Nuevo año, nuevos desafíos”. Pero el mensaje “motivacional” empresario escondía una cachetada a los obreros y obreras del calzado, que el 2 de enero recibieron un telegrama de despido. Son 360 telegramas en total, porque la multinacional anunció su cierre. El método de los despidos sorpresivos, entre las fiestas, por whatsapp, telegrama o en el molinete de ingreso, lo repitieron varias empresas.

Otras prefirieron pagar sueldos por la mitad. Seguramente los patrones esperaban que los trabajadores agachen la cabeza y se queden en sus casas. Si total la CGT está durmiendo desde mayo, no se va a despertar justo ahora. Se equivocaron. En el frigorífico Euro (Gálvez) montaron piquetes en la puerta y tuvo que aparecer el sindicato y los funcionarios del gobernador Pullaro para dictar la conciliación con los trabajadores “adentro”. En General Las Heras las obreras y obreros de la carne se cansaron de que los “descansen” y se congregaron en las puertas. Llegó el sindicato de la carne. Hace un mes decidieron ocupar la empresa “para evitar el vaciamiento”. En la Pesquera Rawson (Chubut) montaron un acampe contra 11 despidos y los incumplimientos salariales de la empresa. En la electrónica Radio Victoria despidieron trabajadores en medio de las fiestas y la comisión interna tomó una medida de fuerza. Ya reincorporaron a dos pero hay conciliación.

Los choferes de las 10 líneas de Ideal San Justo amanecieron el lunes al lado de sus bondis, pero no se subieron. Retención de tareas hasta que depositen los salarios adeudados. “No queremos ser rehenes del debate subsidios vs tarifazos”. Las líneas que había cobrado se solidarizaron con las que no. Los obreros de Lipo se pusieron “superácidos” cuando vieron que les habían depositado el 50% del salario. No sale un caramelo más. Paro. En Harinas Bajo Hondo, cerca de Bahía Blanca, los despidos por goteo hartaron a los molineros. Paro de 96 horas, piquete y conciliación “con los trabajadores adentro”. Apareció la Unión Molinera. Ahí cerca también, en Coronel Suárez, los trabajadores de Dass se empezaron a juntar en los portones, llamaron al sindicato, fueron a la Municipalidad y tuvo que intervenir el ministerio de Trabajo bonaerense. Las y los jubilados estrenaron el miércoles las acciones callejeras contra el gobierno nacional. Este viernes los pilotos de Aerolíneas Argentinas comunicaron que se podría reabrir el conflicto si el gobierno no llama pronto a paritarias.

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